FAQs · Obligaciones

¿Es obligatoria la formación en prevención de blanqueo para su plantilla?

Sí — y en inspección no basta con decir que se hizo: hay que acreditarla.

Sí. La Ley exige que los sujetos obligados adopten medidas para que sus empleados y directivos conozcan las exigencias de la prevención del blanqueo (art. 29), lo que se articula en un plan anual de formación, aprobado por el órgano de control interno, con participación acreditada en cursos específicos.

Lo que la norma no impone es un formato: no exige contratar la formación fuera, ni homologación de programas. Lo que sí espera una inspección es poder ver el plan, los contenidos y la acreditación de quién asistió — con certificados es sencillo; con "se lo contamos en una reunión", no.

Tres apuntes prácticos:

PBK imparte cursos generales y por sector, presenciales o a distancia, con certificado acreditativo para inspección.

Base legal:

Revisado: agosto de 2026 · PBK Asesores — expertos externos en PBC/FT ante el SEPBLAC desde 2010, más de 900 exámenes realizados.

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