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La comunicación sistemática (DMO): quién debe presentarla y cómo funciona hoy

Una obligación mensual — pero solo para una parte de los sujetos obligados. Confundirla con la comunicación por indicio es el error clásico.

La comunicación sistemática — conocida como DMO, declaración mensual de operaciones — es la obligación del artículo 20 de la Ley 10/2010 de comunicar cada mes al SEPBLAC las operaciones que cumplen ciertos criterios objetivos. Afecta solo a los sujetos obligados de las letras a) a i) del artículo 2.1 (esencialmente, el sector financiero), con excepciones como los corredores de seguros y las empresas de asesoramiento financiero. La generalidad de los sujetos no financieros — inmobiliarias, asesores, joyeros, arte, comercio de bienes — no presenta DMO.

DMO no es lo mismo que comunicar un indicio. Es la confusión que más encontramos: la comunicación por indicio (art. 18) la debe hacer cualquier sujeto obligado cuando detecta una operación sospechosa, en cualquier momento y sin declaración negativa; la sistemática es periódica, objetiva (por tipo e importe de operación, art. 27 del Reglamento) y reservada a los sujetos financieros.

Plazos. Las declaraciones se presentan entre los días 1 y 15 de cada mes, respecto de las operaciones del mes anterior. Y una obligación que muchos pasan por alto: si en un semestre natural no hubo operaciones comunicables, procede declaración negativa entre los días 1 y 15 del mes siguiente al semestre.

Cómo se presenta hoy. Mediante la aplicación informática DMO, que se descarga de la propia web del SEPBLAC, y que requiere certificado digital emitido por el Banco de España. (Si su manual todavía habla del CD que enviaba el Servicio Ejecutivo, es señal inequívoca de que toca actualizarlo.) Las declaraciones fuera de plazo llevan además escrito justificativo del representante o su autorizado, presentado por vía telemática a través del Registro electrónico de la Oficina Virtual del Banco de España.

En la práctica: si su empresa no es entidad financiera, lo probable es que su obligación no sea la DMO sino tener bien montada la detección y comunicación por indicio — que sí revisamos en todos los exámenes de experto externo.

Base legal y fuentes oficiales:

Revisado: agosto de 2026 · PBK Asesores — expertos externos en PBC/FT ante el SEPBLAC desde 2010, más de 900 exámenes realizados.

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